El Dr. Franco defiende la excusabilidad de algunos delitos

SANTO DOMINGO.- El Dr. Rafael Franco, defendió en el programa Pantalla Abierta a los ciudadanos que en defensa propia repelen ataques violentos por parte de los delincuentes y en la acción cometen hechos que son tipificados como delitos o crímenes, conforme a nuestro Código Procesal Penal.

El comentarista de televisión expresó que los delitos en que se incurren en el intento de salvaguardar la propia vida o algún bien o propiedad, normalmente adquirido con esfuerzo y sacrificios, gozan del beneficio que en la jurisprudencia se conoce como circunstancias atenuantes. “Es decir, no son delitos provocados expresamente, con planificación e intención directa de hacerlo, sino que son reacciones productos del momento y que surgen al calor de los hechos, por tanto carecen de la gravedad de un crimen cometido con planificación y alevosía”,  sentenció Rafael Franco.

Dentro de este orden de ideas, Franco ilustró que los delitos tienen distintos niveles de penalización legal, conforme al momento en que se cometan, poniendo por ejemplo que no es lo mismo que la infracción se efectúe de noche que de día, ya que en este último caso la penalidad es menor, siempre y cuando sea una reacción a otra acción penalizable, como violación, infidelidad, asalto.

“En esa situaciones se da lo que se conoce en el Derecho como la excusabilidad del delito, aplicable a casos de legitima defensa, respuesta a un intento de violación o agresión y va a depender de las circunstancias, del modo en que es atacado, si lo enfrentan con arma blanca o de fuego y la forma como usted responde. Existen una serie de condicionantes que van a determinar el grado de sanción legal que corresponde”, sostuvo el comentarista de televisión.

El Dr. Rafael Franco, trajo a colación este comentario a raíz de las pretensiones de algunos sectores de opinión que condenan y buscan que se condene la eliminación de uno de los dos delincuentes que asaltaron y golpearon a un general retirado en su propia residencia.

“Este general simplemente repelió un asalto a manos armadas y los moradores de su barrio lo ven como un protector, por lo cual su acción no entra entre los delitos sancionables, porque fue en defensa propia y no le cabe ninguna pena. 

Se trata de uno los tipos de delitos que no les corresponden sanciones porque están motivados por las circunstancias, son hechos eventuales, donde el momento dicta la reacción humana. Igual sucede cuando se hace cuando no se está en pleno dominio de las facultades mentales o se pierde la razón”, argumentó el Dr. Rafael Franco.

La opinión sobre este asunto fue externada por Rafael Franco, durante el transcurso del programa Pantalla Abierta, que se transmite por Bajo Techo TV, canal 36,  de 6:30 A.M a 9:00 A.M, de lunes a viernes.

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