FINJUS entrega a Senado listado con iniciativas legislativas que consideran prioritarias

TRAS LAS HUELLAS DIGITAL, SANTO DOMINGO, REPUBLICA DOMINICANA, 22 de agosto 2020-La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) entregó este viernes al presidente del Senado de la República, Eduardo Estrella, un listado sobre las iniciativas legislativas que, a su juicio, deben ser considerados como prioritarios para la agenda de ese organismo.

Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente Ejecutivo de FINJUS, sostuvo en un comunicado que la Fundación hizo la entrega “animados por nuestra tradición de contribuir positivamente al desarrollo legislativo”.

Las iniciativas legislativas identificadas por FINJUS se enmarcan en tres grandes aspectos, esto es: seguridad ciudadana, institucionalidad democrática y sistema de justicia.

Castaños Guzmán indicó que estas iniciativas son “el resultado de una reflexión y análisis que hemos realizado en FINJUS sobre algunas de las iniciativas legislativas pendientes en el seno del Congreso, que tienen una alta relevancia para el fortalecimiento institucional del país”.

A continuación, las iniciativas legislativas propuestas por FINJUS:

  1. Seguridad ciudadana

La seguridad ciudadana ha sido señalada de manera reiterada como una de las principales preocupaciones de la ciudadanía en los más recientes estudios y encuestas realizadas como el Índice de Competitividad Global y el Barómetro de las Américas 2018, considerándose la inseguridad como el problema más importante que enfrenta el país a juicio de la población dominicana.

Lo anterior amerita que el Estado y en particular, el Poder Legislativo, se aboquen a la tarea de desarrollar una política de seguridad ciudadana integral, lo cual requiere, a modo de componente clave, la aprobación de iniciativas tales como la ley orgánica del Ministerio de Interior y Policía y la reforma al Código Penal, correspondiendo esta última a todo lo relativo al fortalecimiento del sistema de justicia.

  1. Sistema de Justicia
  • Reforma del Código Penal

Transcurridos más de cien años desde la promulgación del Código Penal Dominicano en 1884 y, tras la tentativa de reforma del Código Penal del 2015 que no prosperó por razones que consideramos no son propias de una discusión penal, entendemos que actualmente resulta impostergable la reforma del texto íntegro de dicha normativa pues la misma no responde a las necesidades de prevención y persecución del delito de una sociedad cada vez más globalizada.

En efecto, el Código Penal Dominicano se encuentra desfasado y constituye un obstáculo a la persecución del crimen en nuestro país en desmedro de la seguridad ciudadana. Esta legislatura debe colocar dentro de sus principales objetivos la promulgación de una normativa más adecuada a la dogmática jurídico-penal moderna y, de conformidad a esto, apostar también a la modernización del sistema penitenciario, entre otras normas conexas.

  • Iniciativa sobre protección de testigos y víctimas

En acuerdo al contenido de la Constitución dominicana que, en su artículo 169, párrafo primero, establece que el Ministerio Público “dispondrá la protección de víctimas y testigos”, también en el artículo 177 que indica que el Estado tiene que crear programas de asistencia legal gratuita para las víctimas de escasos recursos y otras disposiciones legales, se elaboró un anteproyecto de ley que compilaba una serie de garantías mínimas y protocolo para la atención y protección a víctimas, testigos y otros sujetos en riesgos, el cual ha quedado rezagado en el ínterin legislativo.

Dentro de las adiciones que consideraba el anteproyecto se señalan la posibilidad de instalar cámara de circuito cerrado, protección policial, asistencia legal gratuita, entre otras garantías, así como indemnización para la víctima cuando el Estado no identifique al agresor.

  • Proyecto de ley sobre juicios de extinción de dominio para el decomiso civil de bienes ilícitos:

Este es otro de los proyectos de Ley que pertenece al conjunto de normativas ordenadas por la Constitución de la República desde el año 2010 y que aún están pendientes de aprobación. En efecto, el artículo 51, párrafo 6, estipula que: “La ley establecerá el régimen de administración y disposición de bienes incautados y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio, previstos en el ordenamiento jurídico.”

Se trata de una norma de alta particularidad, complejidad y relevancia social, económica y jurídica que requiere que su diseño sea coherente en el sustento, naturaleza y esencia de la acción misma. En ese sentido, hemos insistido en la revisión del texto del proyecto para evitar distorsiones, pues debe velarse en la preparación de la ley para que se mantenga la esencia de esta figura en la cual prima el carácter autónomo, alejado del objeto del proceso penal, por lo que sus consecuencias son estrictamente patrimoniales, un instrumento de política penal destinado al deterioro del poder económico de grupos y organizaciones delictivas.

  • Reforma del Código Civil y del Código de Procedimiento Civil

FINJUS ha reclamado por años que el Estado dominicano impulse de manera efectiva la reforma del marco jurídico de derecho civil dominicano, de lo cual se mantienen legislaciones evidentemente obsoletas, tal es el caso del Código Civil y de Procedimiento Civil; esto sin lugar a dudas representa verdaderos obstáculos para el desarrollo pleno de las personas e instituciones.

  • Reforma de la Ley 140-15, que regula el Notariado dominicano.

Consideramos que este marco legal, la ley 140-15, afecta todas las operaciones de los ciudadanos en las que se requiera un notario para su realización y, de igual manera, las funciones que actualmente realizan diferentes órganos o jurisdicciones del Poder Judicial, el Ministerio Público, vía la Procuraduría General de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y las Cámaras de Comercio y Producción, la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), entre otras instituciones.

Tomando en consideración las implicaciones e impacto que generó la Ley 140-15 sobre Notariado, consideramos necesario la revisión de la misma y, en ese sentido, apoyamos la iniciativa de proyecto de ley elaborada por la Suprema Corte de Justicia pues consideramos que se trata de un instrumento normativo idóneo que corrige las distorsiones ocasionadas por la Ley 140-15.

  • Reforma a la ley de compras y contrataciones públicas

A lo largo de los últimos años, pese a los esfuerzos e iniciativas que, especialmente desde la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas se han realizado, la Ley 340-06 ha sido una herramienta insuficiente para reforzar las tareas de prevenir, investigar y sancionar a quienes de manera sistemática han defraudado al Estado y al pueblo enriqueciéndose con los fondos públicos,

La Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones ha sido uno de los cimientos principales del modelo clientelista que ha imperado en el sistema político dominicano y ha permitido la aparición de múltiples distorsiones, aberraciones e inconsecuencias que se han mantenido a lo largo de las últimas décadas, reforzado por la crisis del sistema de justicia y la impunidad que de ella se deriva.

En efecto, a pesar de los logros alcanzados, se mantienen vigentes elementos que obstaculizan la participación real y efectiva de la sociedad en estos procesos, limitando con ello la transparencia que se requiere.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en señalar que resulta urgente la reforma de la normativa a los fines de que revise aspectos tales como la participación de funcionarios públicos como agentes privados en el sistema, la fragilidad de la figura de las contrataciones de obras, los mecanismos de supervisión, los tiempos de pago, los problemas derivaos de la ubicación jerárquica de los órganos que intervienen en el sistema, entre otras cuestiones, para que no queden áreas difusas o ambiguas dentro de la norma, que podrían afectar el clima de inversión y la seguridad jurídica del país.

  • Proyecto de ley que crea el Sistema Integral para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres

En razón de la importancia que reviste la atención y lucha contra la grave problemática de la violencia contra la mujer, entendemos propicio trabajar y fortalecer la destacable iniciativa contentiva del anteproyecto de ley que crea el sistema integral de prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres, en el cual se tipifica y sanciona sus diferentes tipos de violencia, y centra su radio de acción en tres pilares de actuación: prevención, protección y provisión de servicios, todo ello en armonía a la legislación vigente en nuestro país y los dictados de las normas internacionales de derechos humanos.

Por otro lado, con relación al sistema de justicia, desde una visión macro, es preciso señalar el deterioro progresivo de la calidad del sistema, especialmente de la labor jurisdiccional. Contrario a los desafíos asumidos en los grandes procesos de reforma, la justicia sigue siendo lenta, cara y poco accesible, manteniéndose cuestiones indeseadas como la mora judicial en los casos civiles, penales e inmobiliarios.

Así también, entendemos que debe insistirse en la independencia de la judicatura en razón de su efecto en la seguridad jurídica y, dentro de ello, vale destacar el incumplimiento de la partida presupuestaria correspondiente lo cual incide de manera directa en el acceso de la ciudadanía a los servicios judiciales, la calidad de los mismos y su eficiencia institucional.