El Senado aprueba modificar la Ley sobre Regulación de los Estados de Excepción
TRAS LAS HUELLAS DIGITAL, SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA, 01 de juLio, 2021. El Senado de la República aprobó en segunda lectura con modificaciones el Proyecto de Ley que modifica el artículo 32 y agrega el artículo 32.bis de la Ley Orgánica No. 21-18, del 25 de mayo de 2018, sobre Regulación de los Estados de Excepción Contemplados por la Constitución de la República Dominicana.
Esta iniciativa es autoría del senador por San Juan, Félix Bautista. Durante su ponencia solicitó al Pleno senatorial que esta fuera conocida en segunda lectura, “esta ley trata de contener las violaciones a los toques de queda y debe ser modificada, debido a que estás sanciones solo estaban amparadas en las leyes vigente del Ministerio de Salud, pero no especifica el tipo sanciones que se debe hacer a los ciudadanos”, señaló el senador.
El artículo 32 señala las sanciones establecidas por las leyes vigentes, el incumplimiento o resistencia de las órdenes emanadas de las autoridades competentes en los Estados de Excepción será sancionado de la manera siguiente:
1) Las personas que violaren las disposiciones que establezcan restricciones la libertad de tránsito ordenada en virtud del literal h) del artículo 266 de la Constitución y del numeral 8 del artículo 11 de la presente ley, serán sancionadas con las siguientes multas:
a) Los choferes de autobuses que transporten personas sin autorización serán sancionados con multa de dos a seis salarios mínimos.
b) Los propietarios de autobuses que transporte personas sin autorización serán sancionados con multas de cinco a diez salarios mínimos.
c) Los choferes de vehículo de carga que se desplacen sin autorización serán sancionados con multas de dos a seis salarios mínimo.
d) Los propietarios de vehículo de carga, que se desplacen sin autorización, serán sancionados con multas de cinco a diez salarios mínimos del sector público. Los reincidentes podrán ser condenados al doble de estas penas.
e) Los choferes que se desplacen en carros públicos sin autorización serán sancionados con multas de medio a tres salarios mínimos del
f) Los propietarios de carros públicos que se desplacen sin autorización serán sancionados con multas de a seis salarios mínimos del sector público.
i) Las personas que se desplacen en motocicletas sin autorización serán sancionadas con multas de medio a dos salarios mil-limos del sector público o trabajo de utilidad pública.
Las personas que sean sorprendidas consumiendo alcohol en la calle, colmados, colmadones, tiendas de bebidas alcohólicas, entre otros, serán sancionados con multas del cincuenta por ciento a cinco salarios mínimos del sector público. Los reincidentes podrán ser condenados al doble de estas penas.
En tanto que para la aplicación de las sanciones previstas en esta ley se aplicará el procedimiento penal especial por contravenciones que sigue:
1) El acta de infracción ante la ocurrencia de las violaciones indicadas en el numeral 1 del artículo 32 levantadas por los agentes de la Policía Nacional.
2) El acta de infracción ante la ocurrencia de las violaciones indicadas en los numerales 2 y 3 del artículo 32 serán levantadas por los representantes del Ministerio Publico.
3) Comprobada la infracción, y de conformidad con lo previsto por el Código Procesal Penal, el agente policial o el Ministerio Público actuante, levantará un acta de infracción de contravención, la cual hará fe de su contenido hasta prueba en contra rio, entre otros.
Los senadores sancionaron en única lectura el proyecto de Resolución que solicita a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) entregar a la Comisión Permanente de Seguridad Social, Trabajo y Pensiones del Senado de la República Dominicana, en un Plazo No Mayor de 30 días, el listado con los datos de los afiliados fallecidos de las diferentes administradoras de fondos de pensiones (AFP).
Esta iniciativa es autoría del senador Dr. Bautista Rojas Gómez, quien también preside la Comisión Permanente de Seguridad Social, Trabajo y Pensiones del Senado de la República Dominicana.
La resolución establece que más de 42,377 cotizantes fallecidos siguen en las administradoras de fondos de pensiones, sin que sus familiares sepan que sus allegados tenían dinero ahorrado, como fruto de sus cotizaciones a la Tesorería de la Seguridad Social.
Ante la misma comisión de senadores, se ha confirmado que en las administradoras de fondos de pensiones hay depositados más de RD$2,344 millones de pesos en cuentas de capitalización individual que pertenecen a personas que fallecieron, pero que no han sido retirados por sus familiares.
“Nosotros, (los senadores), una vez tengamos esa data que debe ser pública, nos vamos a asegurar de que en cada provincia del país los herederos sepan de la disponibilidad de esos fondos y crearemos todas las condiciones para que logren el retiro”, argumentó el doctor Rojas Gómez.
La resolución ordena a la TSS entregar la información en un plazo no mayor de 30 días.
Los senadores sancionaron en primera lectura el proyecto de Ley que declara a las Marinatas de Yerba Buena patrimonio folklórico de la nación dominicana, propuesta por el senador Dr. Cristóbal Castillo (Hato Mayor).
También el proyecto de Ley que declara a la provincia El Seibo como polo turístico, proponente Santiago José Zorrilla (El Seibo), vicepresidente del Senado de la República.
De igual manera, el proyecto de Ley que declara la Procesión de la Divina Pastora como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación Dominicana y la Iglesia Divina Pastora como Patrimonio Monumental, propuesto Santiago José Zorrilla (El Seibo).
Asimismo, el Proyecto de Ley que designa el Teleférico de Puerto Plata con el nombre de Teleférico de Puerto Plata, Dr. Joaquín Balaguer, propuesto por Ginnette Bournigal de Jiménez (Puerto Plata).
En la sesión de hoy también fueron conocidos los proyectos que designa el Palacio de Justicia del municipio de Bonao con el nombre de destacado jurista dominicano Dr. Pedro Eusebio Romero Confesor, propuesto por Antonio Marte (Santiago Rodríguez) y Héctor Acosta (Monseñor Nouel).
Igualmente el proyecto de Ley de Desafectación de una Porción de Terreno ubicada en municipio e Santo Domingo, el solar No. 01 de la manzana No. 5453, del Distrito Catastral No. 01, ubicado en el municipio Santo Domingo Norte, con una extensión superficial de 9,470.77 metros cuadrados, remitido por el Poder Ejecutivo.
En los trabajos legislativos de este miércoles los senadores sancionaron un Acuerdo de Cooperación en los Campos de la Juventud y el Deporte, entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la República de Turquía, propuesto por el Poder Ejecutivo.