República Dominicana le responde a la OEA sobre el conflicto con Haití
Dice no solo la buena fe, sino también las capacidades institucionales necesarias y el control efectivo de su territorio para aplicar las soluciones concertadas.
Por la redacción
TRAS LAS HUELLAS DIGITAL, SANTO DOMINGO, REPUBLICA DOMINICANA, 28 DE SEPTIEMBRE 2023-. El Gobierno dominicano agradece al Secretario General de la OEA, Luis Almagro, por su llamado al diálogo frente al diferendo que se ha suscitado con Haití por la construcción unilateral e ilegal de un canal de trasvase en el río Dajabón. República Dominicana reconoce que el diálogo es el mecanismo ideal para solucionar cualquier diferencia; pero un diálogo efectivo requiere que ambas partes posean, no solo la buena fe, sino también las capacidades institucionales necesarias y el control efectivo de su territorio para aplicar las soluciones concertadas.
La Constitución expresa que el territorio de República Dominicana es inalienable, añadiendo además que, los ríos y otros cursos de agua, el mar territorial, el suelo y subsuelo marinos, el espacio aéreo y el espectro electromagnético conforman el territorio nacional. El río Dajabón, que tiene su nacimiento y su desembocadura dentro del territorio nacional, es inalienable. Esta condición implica que su titular, el pueblo dominicano, no puede por ningún concepto privarse o ser privado de su uso.
La construcción unilateral de un canal de trasvase con capacidad de desviar el curso del agua de su cauce natural, significaría la posible extinción del caudal del río aguas abajo hasta su desembocadura. En términos prácticos, esto permitiría la enajenación de un bien de dominio público imprescindible que sirve de sostén para las actividades productivas de la zona y de sus recursos naturales.
Corresponde a las autoridades dominicanas la responsabilidad de garantizar el uso sostenible y la protección de los ríos fronterizos. Es menester, por tanto, que la contraparte haitiana detenga inmediatamente la construcción unilateral e ilegal del canal de trasvase conectado al río Dajabón-Masacre, hasta tanto se realicen, por técnicos independientes y de común acuerdo, los estudios que determinen el alcance, impacto y beneficiarios de la obra.
El Gobierno haitiano debió suministrar en el momento oportuno la información relativa a los estudios cartográficos, topográficos, geológicos, geotécnicos, hidrológicos o de impacto ambiental necesarios para poder evaluar los beneficios y riesgos del proyecto. Las propias autoridades del Ministerio de Agricultura, Recursos Naturales y de Desarrollo Rural de Haití (MARNDR) reconocieron en un documento entregado de manera informal que el proyecto carecía de planos al momento de su ejecución.
El Gobierno dominicano mantiene abierta su disposición al diálogo con las autoridades haitianas, pero con la única condición de que decidan la paralización de la construcción del canal de trasvase en el río Dajabón-Masacre.
Apelamos encarecidamente a la OEA, a través del Secretario General, a interponer con urgencia sus buenos oficios de acuerdo con el mandato establecido en su Carta, y en particular en su artículo 2 (C), con el objetivo de asegurar una solución pacífica de la presente controversia y prevenir un mayor deterioro de las relaciones entre los dos países. Esto reviste la mayor importancia por el momento tan delicado, dado que en pocos días el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas decidirá sobre el despliegue de una misión multinacional de seguridad y apoyo en Haití, para restaurar el orden público y la institucionalidad en el Estado vecino.
El Gobierno dominicano solicita al Secretario General visitar con urgencia la zona en cuestión, recabar la información pertinente y rendir un informe detallado al Consejo Permanente de la OEA, para su edificación sobre esta situación.
En adición, el Gobierno dominicano se reserva el derecho a recurrir a los demás órganos de la OEA o a cualquier otra instancia internacional relevante.
A los dos Estados conviene un acuerdo, logrado a través del diálogo, para el aprovechamiento de las fuentes hidrográficas compartidas, y que sea respetuoso del espíritu y la letra del Tratado de Paz, Amistad Perpetua y Arbitraje del 20 de febrero de 1929.