Mabel Féliz Báez afirma que la participación de las mujeres en la justicia electoral continúa siendo tímida
Panamá, 18 de Noviembre, 2013. -La jueza titular del Tribunal Superior Electoral (TSE), Mabel Feliz Báez, enfatizó en la importancia de que las mujeres acudan a la justicia electoral, una vez sientan que sus derechos han sido vulnerados dentro de las organizaciones o partidos políticos.
Sostuvo que la participación de la mujer en el acceso a la justicia contenciosa electoral ha sido tímida y citó que desde el 2003 a la fecha en el país 332 mujeres acudieron como accionantes frente a mil 669 hombres que lo hicieron. Algunas de las razones que señala que limita a las féminas a que no acudan a los tribunales son el poco acceso que tienen a la justicia, las limitaciones económicas, poca capacitación jurídica en las organizaciones políticas, entre otras.
Resaltó dos casos que marcaron jurisprudencia en el Tribunal Superior Electoral, en el que dos mujeres recurrieron a la justicia para que sus derechos fueran reconocidos.
Citó como trascendental la entrada en vigencia de una nueva Constitución del 2010 redactada en un lenguaje inclusivo en cuanto a la plena igualdad entre hombres y mujeres, redimensionándose con mayor alcance, no solo los derechos de que son titulares los y las dominicanas, sino que paralelamente se ha establecido con rango constitucional”.
Enfatizó que los procedimientos contenciosos electorales reglamentados por esa alta corte y las juntas electorales, se manejan bajo los principios de transparencia, eficacia, uniformidad, oralidad, celeridad, publicidad y economía procesal, con las garantías constitucionales y legales del debido proceso.
Mabel Féliz Báez expresó estas consideraciones al exponer el tema “El procedimiento de la justicia electoral en el sistema de administración de justicia”,en la IV Conferencia Iberoamericana de Magistradas Electorales”, que se celebró en Panamá.
Féliz Báez afirmó que la administración de justicia electoral es el área de mayor seguimiento de los ciudadanos, debido a que la vida política está regulada por el accionar de los partidos y organizaciones, instrumentos a través de los cuales buscan representación en el congreso y los municipios.
Destacó que las atribuciones del TSE están establecidas en su Ley Orgánica que lo faculta a conocer en única instancia de los recursos de apelación a las decisiones adoptadas por las juntas municipales, conforme lo dispuesto por la norma.
También de los conflictos internos que se produjeren en los partidos y organizaciones políticas reconocidas o entre éstos, sobre la base de apoderamiento por una o más partes involucradas, siempre que su intervención en los casos no viole disposiciones de la Constitución, de las leyes, reglamentos o estatutos partidarios.
Mabel Feliz explicó que otras de las atribuciones que le confiere la ley al Tribunal es la referente a las rectificaciones de las actas del estado civil con carácter judicial, de conformidad con las leyes vigentes, que se tramitaran a través de las juntas electorales de cada municipio y el Distrito Nacional.
También la magistrada abordó el tema sobre el amparo en materia electoral, del cual destacó la competencia del TSE en ese aspecto, conforme lo dispone la Ley Orgánica Núm. 137-11.
Sobre el derecho penal, sostuvo que el país cuenta con una legislación que ha experimentado grandes avances con las reformas que se han producido en las últimas décadas, que han influido en el desarrollo de un sistema de garantías y procedimientos que se ajustan en gran medida a las previsiones del bloque de constitucionalidad.
En cuanto a los delitos electorales, indicó que en la Ley Electoral 257-97, se crearon varias categorías de infracciones, por un lado los crímenes electorales y por el otro los delitos.
Apuntó que en sus inicios esas infracciones, si bien se producían en el ámbito del derecho electoral, era la justicia ordinaria la responsable de aplicar los procedimientos para corregirlas y sancionarlas, función que la Constitución del 2010 atribuyó al TSE.
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