Diputados aprueban proyecto para crear centro de tratamiento
SANTO DOMINGO, REPUBLICA DOMINICANA, 09 de Diciembre, 2014. -La Cámara de Diputados aprobó en segunda lectura un proyecto que de ser aprobado crearía un centro de tratamiento y registro de ofensores sexuales. El autor, Luisín Jiménez, dijo que país no puede darse el lujo de seguir liberando a violadores y agresores sexuales sin medicarlos o evaluarlos psicológicamente.
Uno de los considerandos del proyecto precisa que la reincidencia en la comisión de los delitos de violación sexual es cada día más alta, lo que genera consternación en la sociedad.
Otro precisa que se ha comprobado científicamente que el tratamiento químico de inhibición sexual disminuye a su mínima expresión la libido en violadores y pedófilos por lo que la reincidencia decrece a niveles inferiores al 10% en las personas
Tratadas
Aduce la pieza que el tratamiento de inhibición sexual por medios químicos no implica la extirpación de órgano alguno por lo que la integridad física de la persona sometida ha dicho tratamiento.
Señala que el tratamiento químico de inhibición sexual puede ser utilizado como medio de reducción de la pena para agilizar la reintegración del interno a la sociedad, y también que el tratamiento químico de inhibición sexual será asumido por el interno para que no haya ninguna erogación de fondos por parte del Estado.
El artículo 1 indica que “se crea por medio de esta ley el Centro de Tratamiento para Ofensores Sexuales, el cual tiene como función el seguimiento y tratamiento de aquellos que hayan sido sancionados por delitos sexuales de acuerdo a lo establecido por el Código Penal Dominicano”.
Establece que la Procuraduría General de la República será responsable de la organización y estructura del Centro de Tratamiento para Ofensores Sexuales, la cual será establecida en el reglamento del mismo.
En el artículo 2 se establece que el Centro de Tratamiento para Ofensores Sexuales dará asistencia psicológica, médica y psiquiátrica a las personas que deban modificar su conducta sexual.
Expresa que la Dirección General de Prisiones dará todas las facilidades necesarias a los especialistas del Centro de Tratamiento para asistir a quienes se encuentren privados de su libertad.
En el artículo 3, subraya que el sancionado deberá someterse de manera obligatoria al tratamiento que disponga el Centro de Tratamiento de Ofensores Sexuales y no podrá dejarlo hasta que el comité de médicos dictamine que ha tenido una reacción satisfactoria que inhibe su deseo sexual.
Señala que el Centro de Tratamiento informará a las autoridades el avance que tienen los pacientes en sus tratamientos. Cuando el sancionado obtenga su libertad y sea calificado todavía como peligroso, continuará con el tratamiento de manera permanente.
Se establece en el artículo 4, que la Procuraduría General de la República llevará a cabo la selección del personal del Centro de Tratamiento, de un banco de elegibles elaborado por el Ministerio dé Salud Pública y Asistencia Social quien se encargará de su capacitación.
Especifica el artículo 5, que el tratamiento químico de inhibición sexual se aplicará en los casos señalados por el Código Penal Dominicano y solo podrá realizarlo el personal autorizado del Centro de Tratamiento de Ofensores Sexuales.
En el artículo 6 dice que el tratamiento de Inhibición Sexual se realizará siguiendo las pautas trazadas por el Centro de Tratamiento de Ofensores Sexuales y el Reglamento respectivo. El Centro de Tratamiento, contará con un comité médico que señalará el método y fármacos a utilizar, además de evaluar al paciente, pero el artículo 7 que el tratamiento de inhibición sexual no se aplicará a menores de edad.
Aprueban Código Civil
La Cámara de Diputados aprobó esta tarde en segunda lectura y con modificaciones, el proyecto del Código Civil de la República Dominicana, que establece el derecho a la vida privada, el derecho a la imagen y al derecho a la integridad física.
El Código Civil fue aprobado a unanimidad por los diputados, pasará a la ponderación o debates del Senado.
En cuanto al matrimonio, la iniciativa fija que el canónico es igual al equivalente de la forma civil, y la incorporación de los matrimonios en base a la región no católica.
El Código Civil, tras ser aprobado en la Cámara de Diputados, fue modificado en el Senado, y perimió en la Cámara Baja, al pasarle dos legislatura consecutiva.
En la normativa se incluyen los derechos y deberes de los cónyuges igual y regula más cuidadosamente las relaciones personales matrimoniales, entre los esposos, basándose en el principio constitucional de igualdad.
En el Código Civil se estipula que los niños que nazcan fuera del matrimonio tendrán derecho a la herencia, y se incluye en la iniciativa la protección de la violencia conyugal y reparación mutua de los esposos.
Demóstenes Martínez, presidente de la Comisión de Justicia resaltó que la sanción del Código Civil se ajusta a la nueva realidad que vive la Nación dominicana.
El Código Civil que se modifica tenía 209 años de vigencia en el país, y más de 500 artículos fueron revisados uno por uno.
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