Economista NG sugiere creación Ley que congele precios durante una emergencia nacional
TRAS LAS HUELLAS DIGITAL, SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA, 02 de marzo 2020. -El economista Haivanjoe NG Cortiñas propuso este lunes la idea de que el Poder Ejecutivo o los legisladores de la República, se aboquen a presentar un proyecto de ley de congelación de precios para artículos de primera necesidad, que tenga vigencia solo en tiempos en que se declare una emergencia nacional, ocasionada esta por catástrofes, desastres naturales o de otra índole que afecten el país.
La congelación de precios de manera temporal promovida a través de una ley, procura mitigar los efectos adversos que tienen los fenómenos naturales y en algunos casos humanos, sobre la población, al tiempo de reducir acciones desaprensivas de agiotistas y especuladores, que procuran obtener ganancias desmedidas en medio de situaciones de calamidad pública, argumentó NG Cortiñas.
Recordó que la República Dominicana está localizada en una zona geográfica muy expuesta a huracanes, fallas geológicas y también a recibir virus, por ser un país con un sector turístico de mucha importancia.
El economista reconoce que la Constitución establece la libre empresa, competencia e iniciativa privada, pero que además la Carta Magna señala que el régimen económico se orienta hacia la búsqueda del desarrollo humano, por lo que, enmarcado en esos principios, la ley que él sugiere para congelar los precios en tiempos de emergencias nacionales, no contraviene el libre mercado, sino que lo fortalece en el marco de la dignidad humana.
Dijo que de tener la República Dominicana una ley de congelación de precios como el sugerido, el país fortalece sus políticas públicas, en la dirección de que los ciudadanos que residen en el país se empoderen con la oportunidad razonable de tener acceso a los artículos de primera necesidad en situaciones de emergencia nacional.
Propuso que la ley de congelación de precios temporal entraría en vigencia de manera automática, toda vez que el gobierno decrete la emergencia nacional, a consecuencias de catástrofes y desastres.
La misma sería de cumplimiento obligatorio en todo el comercio nacional, responsabilidad que caería en los organismos públicos vinculados a la regulación del comercio.