Poder Judicial anuncia reapertura procesos presenciales desde el 29 de enero

TRAS LAS HUELLAS DIGITAL, SANTO DOMINGO, REPUBLICA DOMINICANA, 13 de julio 2020- El Poder Judicial anunció este lunes que a partir del día 29 del mes en curso los tribunales retomarán sus actividades de manera presencial, aunque quedarán instauradas al servicio de los ciudadanos las audiencias y servicios virtuales.

Así lo informó Miguel Surun Hernández, presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), y expresó que “ese objetivo se logró por el esfuerzo y la lucha del gremio desde haces semanas”.

De su lado, el Consejo del Poder Judicial también precisó que en los tribunales se tomarán medidas preventivas para garantizar la salud de los jueces, servidores judiciales y de los usuarios del sistema de justicia.

Este paso forma parte del Plan Continuidad de las Labores del Poder Judicial que comenzó a ejecutarse ante la situación que vive el país debido a la pandemia por COVID-19.

Se recuerda que el CARD denunció que el cierre de los tribunales está afectando a gran parte de la clase jurídica y de la población ya que se le limita el acceso a la justicia y se le condiciona al uso de internet, lo que atenta también al orden jurídico y a la independencia de los jueces y juezas que componen el poder judicial.

En ese orden, el CARD le adviertió al Consejo del Poder Judicial  parar el estado de omisión Constitucional, permitiendo el cumplimiento de la obligación del Poder Judicial a través de  todos los tribunales, de administrar justicia, en función del ordenamiento jurídico vigente, con  la apertura de todos los juzgados de paz, tribunales de primera instancia, de jurisdicción original, cortes de apelación, Tribunal Superior de Tierras, Tribunal Superior Administrativos, tribunales y juzgados especiales de la República, y de sus secretarias, para que ejerzan sus funciones de manera presencial, acudiendo a los juzgados, tal y como lo consagra la Constitución de la República, la Ley 821 y los Códigos Procesal Penal, Código de Trabajo, Procedimiento Civil, Código de Comercio, Ley de Tierras, Ley 13-07, dejando sin efecto legal alguno la resoluciones mediante las cuales se ordenó dicho cierre y el establecimiento de las audiencias virtuales.