TSA rechaza medida cautelar controladores aéreos contra el IDAC

SANTO DOMINGO, REPUBLICA DOMINICANA,  19 de Septiembre, 2014. -El Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) confirmó el dictado de una sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA), mediante la cual se  rechaza  la solicitud de medida cautelar interpuesta por un grupo de ex controladores del tránsito aéreo de esa institución y su director general, Alejandro Herrera.

Un despacho de prensa del IDAC confirma la versión de prensa de medios matutinos que informaron de la sentencia, basada en que los argumentos de los ex controladores “No gozaba de la apariencia de buen derecho”, y que tampoco reunía  las condiciones requeridas para aplicar una medida cautelar.

Se trata de la sentencia No. 068-2014 de fecha 17 de septiembre de 2014, emitida  luego del  estudio de  los argumentos  de las partes, mediante los cuales el tribunal constató, entre otras razones, que la solicitud de medida cautelar de los recurrentes Wellinthon F. Almonte Gómez y compartes, no gozaba de la apariencia de buen derecho o fumusbonus iuris, así como de ninguna de las demás condiciones requeridas para la adopción de una medida cautelar, en virtud de las disposiciones de la Ley No. 13-07.

Los controladores, que prestaban sus servicios al IDAC, procuraban mediante la instancia presentada ante el Tribunal Superior Administrativo la suspensión de los actos administrativos de desvinculación de la institución  y de su restitución inmediata en sus puestos de trabajo, petición que fue rechazada por no reunir, entre otros aspectos, las condiciones requeridas para la adopción de una medida cautelar.

El IDAC, se explica en la nota,  como órgano encargado de velar por la seguridad del tránsito y la navegación en el espacio aéreo dominicano, desvinculó a los controladores  del tránsito aéreo  mediante procedimientos disciplinarios, por la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con la normativa de función pública.

La sentencia del pasado día 17 fue notificada a las partes y dada a conocer por el equipo de abogados del IDAC y la Dirección Legal de la institución.

 

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