Cámara de Diputados aprueba en 2da lectura Código de Procedimiento Civil

TRAS LAS HUELLAS DIGITAL, SANTO DOMINGO, REPUBLICA DOMINICANA, 24 de Noviembre, 2015. -La Cámara de Diputados aprobó en segunda lectura y a unanimidad, con 108 votos, el proyecto de ley que crea el nuevo Código de Procedimiento Civil, mediante el cual se derogan unas 27 leyes.

El presidente de la Comisión Especial que estudió la iniciativa,  diputado Hugo Núñez, motivó la sanción en que la sociedad dominicana está esperando la aprobación de esta legislación.

La pieza había sido aprobada en primera lectura el pasado día 15 de septiembre y  producto de una serie de recomendaciones hechas por el   Tribunal Constitucional y otras instituciones fue enviada de nuevo a la comisión, que posteriormente  presentó un informe complementario con las modificaciones y el cruce de referencia correspondiente productos del contacto directo con distintos sectores.

La ley de la autoría del presidente de la Suprema Corte de Justicia, Mariano  Germán, que crea el nuevo Código de Procedimiento Civil ahora pasa al Senado.

La pieza fue aprobada a unanimidad, luego de acoger el informe de la comisión especial, que contenía  52 páginas y que llevó tres horas de lectura y consta de  unos 1,370 artículos, nueve menos que el vigente.

La Comisión Especial tomó en cuenta la sentencia 489-15 del Tribunal Constitucional  donde anulaba una de las disposiciones contenidas en el Código con relación al artículo 5 acápite C de la Ley 491-08 de casación.

El Tribunal constitucional exhortaba al Congreso Nacional legislar  y crear un régimen casacional más equilibrado para que no fueran  afectados ninguno de los intereses y ninguno de los sectores.

En ese sentido, la Comisión decidió modificar el párrafo segundo del artículo 372 para incluir  en el artículo al presidente de la Junta Central Electoral, a la  presidenta o presidente  de la Cámara de Cuentas  y a la Defensoría del Pueblo.

En el artículo se prevé que esos funcionarios junto al presidente, vicepresidente, los diputados  y demás funcionarios en caso que se amerite una investigación se le pueda ir a hacer el interrogatorio a su casa.

Explicó que ese es un privilegio que tienen esas personas y la Comisión no había incluido al presidente de la Junta central Electoral, a la presidenta de la Cámara de Cuentas ni a la Defensora del Pueblo.

El informe presentado por la Comisión también tomó en cuenta lo relativo a la sentencia del Tribunal Constitucional que anulaba el derecho que se tenía a no recurrir en casación, cuando la condena estaba por debajo de 200 salarios mínimos del sector privado.

En tal sentido, la Comisión decidió introducir un numeral en el artículo 623 del proyecto para establecer: “la sentencia que contenga condenaciones que no excedieren la cuantía de 30 salarios mínimos”.

Con el nuevo Código se derogan unas 27 leyes, entre las que figuran la Ley 834 y la 845, sobre procedimiento civil que habían sido modificadas en la legislación vigente y que su contenido fue integrado al nuevo proyecto.

Entre las novedades que se pueden citar en el nuevo Código de Procedimiento Civil están la creación de principios fundamentales que regirán entre las partes que participarán en el proceso.

De igual forma, el nuevo Código elimina la posibilidad de que los jueces pudieran demandar en daños y perjuicios en aquellos casos de que fueran recusados y una de las partes lo recusara y la recusación no prosperara.

También introdujo el recurso de interpretación de sentencia con el objetivo de que el juez que pronunciara la misma tuviera la oportunidad de corregir cualquier error y cualquier fallo que tuviera en esa sentencia.

Otro elemento nuevo que tiene el Código es la inclusión del juez de la ejecución civil, que viene a ser uno de garantía, con el propósito de que de comprobarse que los actos y decisiones que sustentaran la ejecución de una sentencia, se respetara el debido proceso y que hubiesen adquirido el carácter de la cosa irrevocablemente juzgada.

 

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