En 39 sentencias el TSE ordena a la JCE y juntas electorales hacer cambios en boletas
El juez José Manuel Hernández Peguero aseguró que a la Junta Central Electoral le fueron notificadas todas las sentencias en ese orden.
Por José Cuevas
TRAS LAS HUELLAS DIGITAL, SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA, 13 de abril 2016-. El Tribunal Superior Electoral (TSE), ordenó a la Junta Central Electoral (JCE) y a varias juntas electorales realizar cambios de boletas en varios municipios y distritos municipales a candidaturas a cargos congresuales y municipales.
Así lo externó el juez titular, José Manuel Hernández Peguero, quien aseguró que el Tribunal Superior Electoral de 273 expedientes recibidos se han fallado 150 de los cuales 39 han sido sentencias ordenando la modificación de boletas.
El magistrado Hernández Peguero, quien habló este miércoles en exclusiva para Tras las Huellas Digital.com.do, sostuvo que los cambios en las boletas se deben hacer diferentes a lo solicitado por diversos partidos, organizaciones y agrupaciones políticas.
En ese sentido, puntualizó que esta alta corte ha dado total respuesta por lo que no habrá ninguna dificultad con el calendario establecido por la Junta Central Electoral, es decir, “ya nosotros emitimos todas las sentencias que tienen que ver con las candidaturas a diputados y diputadas y a alcaldes y alcaldesa”.
Expuso que hasta el momento el tribunal trabaja con toda celeridad y que en esta semana terminarán con todos los expedientes pendientes de fallos.
Sostuvo que los fallos han sido de recursos interpuestos por los diversos partidos, agrupaciones y organizaciones políticas del país, en desacuerdo con las decisiones emanadas por la junta electores.
Apuntes:
La Alta Corte dio prioridad a los casos de diputados y alcaldes, cuyas sentencias han sido remitidas a la Junta Central Electoral y a las juntas electorales con el objetivo de darle fiel cumplimiento como lo ordena el Reglamento Contencioso Electoral y de Rectificación de Actas del Estado Civil.
De los expedientes recibidos, 163 corresponden a apelaciones de candidaturas y 110 fueron incoados antes de las inscripciones de las candidaturas a través de recursos de amparo, impugnación de primarias internas y nulidades de asambleas de delegados.
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