Indotel aclara alcance de la sentencia de Tribunal Administrativo

SANTO DOMINGO, REPUBLICA DOMINICANA, 26 de Noviembre, 2013. -El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) aclaró que la sentencia del Tribunal Superior Administrativo en ninguna de sus partes condena a esa entidad, sino por el contrario, reconoce la labor de revisión que viene haciendo la institución a los contratos de  adhesión de las telefónicas con los usuarios.

El director ejecutivo del Indotel, licenciado Pedro José Gris, explicó que en el quinto dispositivo de la sentencia dada a conocer el pasado viernes, los magistrados reconocen el cumplimiento de parte del Indotel  de las  responsabilidades  puestas a su cargo por la ley,“gracias a que la institución pudo demostrara los jueces que había cumplido con su obligación de recibir los contratos, revisarlos y exigir  modificaciones en favor de los usuarios”.

Expresa en dispositivo de la Sentencia  en cuestión: “Quinto.Se acoge, parcialmente, en cuanto al fondo, dicha acción de amparo de cumplimiento, ya que se ha comprobado que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) recibió los contratos solicitados por la accionante, por lo que en consecuencia le ordena a Indotel continuar con la revisión de dichos contratos, y remitir copias de ellos al Instituto de Protección de los Derechos del Consumidor, para que también realice la revisión correspondiente”.

El funcionario de las telecomunicaciones dijo que la Fundación  Prensa y Derecho distribuyó a los medios de comunicación una nota con informaciones distorsionadas respecto al alcance y sentido de la sentencia,  adjudicando al alto tribunal supuestas comprobaciones de cláusulas abusivas en los contratos de adhesión de las telefónicas que ni siquiera existen como tales en los contratos actuales.

Y agregó que el Tribunal nunca fue apoderado para conocer del contenido de las cláusulas de adhesión entre usuarios y  telefónicas, por lo que el contenido de los mismos no fue objeto de la sentencia.

Gris reveló que invitó a su despacho a los demandantes y los exhortó  a que participarán junto a la nueva presidencia del Indotel en los formidables  planes que se vienen elaborando  para  ampliar y perfeccionar el sistema nacional de protección al usuario de las telecomunicaciones, los cuales reveló, serán anunciados próximamente por el presidente de la institución, licenciado Gedeón Santos, “pero ha sido evidente  que ellos prefirieron el bono mediático”, puntualizó.

Recalcó la importancia de que los usuarios conozcan  las resoluciones 110 y 003 del 2012 y 2013 respectivamente, donde el Indotel transparenta y garantiza los derechos de los usuarios y las responsabilidades de las prestadoras del servicio respecto al periodo mínimo de vigencia, cuyos términos perjudiciales  al usuario fueron modificados a instancia del Indotel.

Indicó que esas resoluciones dejan claro que los contratos de servicio sólo podrán estar sujetos a un período mínimo de vigencia cuando las prestadoras suministren a los usuarios subsidio de equipos, descuentos, rebajas o exoneraciones en las tarifas vigentes.

En tal sentido,el funcionario destacó que mediante estas resoluciones  las prestadoras deben ofrecer a los usuarios la opción de contratar el servicio sin sujeción a un período mínimo de vigencia. “Además, los contratos deben especificar las condiciones de prestación del servicio contratado y el tiempo de duración del mismo”, puntualizó.

El licenciado Gris explicó  que las resoluciones del Indotel consignan que “los contratos de servicio deberán indicar el mecanismo utilizado para determinar la penalidad por cancelación anticipada”, a la vez que especifican queuna penalidad  deberá ser prorrateada y amortizada mes tras mes y que  en ningún caso podrá ser mayor al saldo de descuento o subsidio otorgado al usuario.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

* Copy this password:

* Type or paste password here:

61,489 Spam Comments Blocked so far by Spam Free Wordpress