Análisis a informe del INACIF sobre los estudios a los restos del coronel Caamaño
SANTO DOMINGO, REPUBLICA DOMINICANA, 01 de diciembre, 2014. -En respuesta a su petición de revisión de los documentos recientemente enviados a Usted por parte de los directivos del INACIF en la República Dominicana en los que se detallan los procesos a que fueron sometidos con fines de investigación y análisis forense unos restos óseos que se asume pertenecen a los del Coronel Francisco Alberto Caamaño Deño asesinado en las montanas dominicanas en el año 1973, desenterrados y analizados antropológicamente en 1987 y luego enterrados en un nicho en el mismo ano y exhumados en este año 2013 con fines de análisis forense y de ADN; luego de haber estudiado el reporte en si mismo además de las conclusiones como descritas por el personal técnico y administrativo de dicha institución, reporte mismo que también fue aceptado como bueno y válido por la Procuraduría General de la República Dominicana y su máximo representante además de sectores de la población civil del mismo país, someto y certifico lo siguiente:
1. Que más que un estudio de análisis forense el estudio realizado en la RD fue un estudio de análisis de paternidad y/o familiaridad utilizando como base el ADN nuclear de la muestra en sí misma como método de certificación por la institución arriba mencionada. En varios documentos anteriores habíamos certificado y sometido a vuestra consideración y el de las autoridades de la Republica Dominicana que debido a los procesos a que fueron sometidos estos restos (tiempo (más de 40 años), trauma, uso de combustibles fósiles y químicos, condiciones del medio ambiente, contaminación de las muestras por factores conocidos y desconocidos y otros) y más que nada el proceso de DEGRADACION del ADN, era poco probable encontrar muestras fidedignas de ese material genético en los restos estudiados en cuestión.
2. Que esta DEGRADACION se refiere en esencia a la ruptura o destrucción de las estructuras celulares después de la muerte. Porque el ADN está contenido en la célula, la exposición de los tejidos al medio ambiente, fuego, agua, químicos y otros materiales diversos eventualmente lleva a una alteración de la estructura química de este material y la ruptura de las cadenas del ADN. Esta condición llevara a la asignación incorrecta de los pares de bases y a la posterior INCORRECTA IDENTIFICACION de un individuo o incluso de una especie misma. Si en este caso se analiza una muestra de ADN, debe ser con un cuidado extremo de evitar la contaminación de la muestra misma, cosa que obviamente no ocurrió en el proceso de manejo de estos restos desde 1973 hasta la fecha. En esencia, como todos los seres vivos poseen ADN, este puede pasar de un individuo a los restos en cuestión con el solo manejo inadecuado de la muestra o su manipulación errónea.
3. Que aun con el poder de análisis del ADN, un perfil del mismo utilizando variables comunes (ejemplo ADN nuclear) no es infalible debido a los factores mencionados y que también habíamos señalado con anterioridad en los informes ya descritos. En este caso en cuestión, el análisis de ADN se centro en un análisis nuclear aparentemente no tomándose en cuenta nuestras observaciones previas en las que señalábamos que el mismo no sería confiable por los factores ya mencionados y nuestra recomendación de que era necesario centrarse en el análisis mitocondrial de los mismos, caso que hubiese excluido de plano a todos los miembros de la Familia Caamaño Acevedo de este análisis en cuestión ya que no era factible encontrar este ADN en sus miembros, por lo que no entendemos las razones por las cuales se realizo un estudio de paternidad sabiendo y/o conociendo de antemano la muy probable negatividad o errónea información que resultaría del mismo. En el caso que también concierne, el INACIF realizo estudios nucleares a los hermanos aun con vida del Coronel Caamaño no procediendo a las muestras de ADN mitocondrial tal como obviamente estaba indicado y como ya ha sido descrito.
4. En el informe antropológico de la misma institución, se observan varios errores documentales e imprecisiones del mismo género que traeremos a colación como siguen: a) “Informe Antropológico-Forense, INACIF SDO-A-205-13. Muestra dubitada de cuarenta y ocho (48) piezas óseas COMPLETAS en aproximadamente un noventa y cinco por ciento (95 %) de su totalidad” “ EN BUEN ESTADO DE CONSERVACION (estructura ósea como tal al momento del fallecimiento)” “aunque delicados motivados por factores externos a los que estuvieron expuestos”: ni se mencionan los factores externos, ni se hace mención al factor temperatura, ni se hace mención al factor ambiental, ni se hace mención al hecho de la desmembración evidente que sufrieron estos restos humanos.
5. Más adelante, el informe afirma y cito: “los restos óseos no están completos en su totalidad. Algunos son fragmentos, y otros como en el caso de las costillas extremos proximales. Estado de conservación afectado por el clima, ambiente y otros factores externos” Como puede observarse a simple vista, existe una contradicción obvia entre los señalamientos arriba mencionaos y este ultimo señalamiento.
6. Se atribuyen, de una manera no señalada en el informe, restos de tres individuos incluyendo algunos que “morfológicamente” (cito) se atribuyen al sexo femenino. Por más que he estudiado el informe, no se ofrecen en el mismo detalles que expliquen esta conclusión; al mismo tiempo: no existe repetición de estructuras óseas en el mismo caso: es decir, no hay ni dos fémures derechos, ni dos tibias derechas, ni dos clavículas del mismo lado, es decir, existen unos restos óseos deformes, incompletos y simétricamente distribuidos en el análisis e informe ofrecido por la institución arriba señalada.
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