MP obtiene condenas de hasta 30 años de prisión contra imputados atentado Jordi Veras
Santiago, 17 de junio, 2014. -El Ministerio Público, representado por la Procuraduría Fiscal de Santiago, logró que fueran impuestas condenas de 30, 20 y 10 años de prisión contra seis imputados que fueron hallados culpables de los delitos de asociación de malhechores y tentativa de asesinato contra el abogado y comunicador Jordi Veras Rodríguez.
Las penas fueron impuestas por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago a través de la sentencia 248/2014 contra Candy Caminero Rodríguez, quien fue condenado a la pena máxima de 30 años de prisión. Igualmente, fueron condenados a 20 años de reclusión los procesados Adriano Rafael Román Román, autor intelectual; Engels Manuel Carela Castro, y Roberto Sabala Espinosa, así como Franklin Gabriel Reynoso Moronta y Arturo José Ferreras del Castillo.
Mientras que Francisco Alberto Carela Castro, por complicidad, fue condena a diez años de reclusión. Asimismo, se ordenó el pago de una indemnización de RD$100 millones a favor de Jordi Veras Rodríguez por los daños morales, físicos y materiales recibidos a consecuencia del hecho.
La sentencia fue dictada durante una audiencia en la que estuvo presente, el procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, y en la que la Procuraduría Fiscal de Santiago, encabezada por su titular Luisa Liranzo, logró demostrar la responsabilidad penal de los imputados, quienes fueron acusados de violar las disposiciones establecidas en los artículos 2, 59, 60, 265, 266, 295, 297, 298 y 302 del Código Penal Dominicano.
Según dispuso el tribunal, integrado por los jueces Anelis del Carmen Torres, José Rafael de Asís Burgos, y Sergio Augusto Furcal los imputados deberán cumplir sus respectivas penas en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey-Hombres, de Santiago.
El dispositivo de la sentencia establece además la confiscación de armas de fuego y cartuchos para armas, vehículos de motor, prenda de vestir, dispositivos electrónicos, CDs, CPU y celulares, así como tarjetas de presentación y cajas conteniendo diversos tipos de documentos.
En el aspecto civil declaró regular y válido en cuanto a la forma, la querella con constitución en acción civil incoada por Jordi Veras Rodríguez, por haber sido hecha en tiempo hábil y conforme lo dispone la ley.
La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el próximo día 2 de julio, a partir de las nueve de la mañana.
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